exposición a amianto

Pensión de viudedad derivada de enfermedad profesional por exposición a amianto

06/06/2024
El Tribunal Supremo inadmite el recurso de casación interpuesto por CIE AUTOMOTIVE SA y SIDENOR ACEROS ESPECIALES SL, confirmando la sentencia del TSJPV que reconocía como derivada de enfermedad profesional por contacto con amianto la pensión de viudedad de la esposa de una trabajador de “PATRICIO ECEHEVERRIA”

La resolución de la Sala de lo Social del TSJPV que se ve ahora confirmada por el TS reconocía a la esposa de un ex-trabajador de PATRICIO ECHEVERRIA Legazpi una pensión de viudedad derivada de enfermedad profesional por exposición a amianto, revocando así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 4 de Donostia, que había negado ese derecho a la viuda alegando, entre otras cosas, que el trabajador fallecido “fumaba y tenía un importante hábito tabáquico”.

En este sentido, la Sala de lo Social corregía al Juez titular del Juzgado de lo Social n.º 4 de Donostia y señalaba que “hemos de revocar el criterio de la instancia y considerar que la dolencia del trabajador, de carcinoma microcítico de pulmón, por la que falleció, deriva de enfermedad neoplásica de pulmón, ha de ser calificada de enfermedad profesional, por más que el mismo fuera fumador”.

Dicha sentencia del TSJPV que ahora deviene firme, recogía también, que el carcinoma microcítico por el que falleció el esposo de la demandante “ha de ponerse en conexión con el trabajo que desempeñó el fallecido, trabajo que, como se ha dicho más arriba, lo hacía con una grúa con la que debía manejar las lingoteras que recogen el metal de la colada, y también atender a las tareas de quitar el recubrimiento de los hornos de fundición y retirar los escombros que generaba la retirada del recubrimiento aislante, realizando tales tareas en la cabina de una grúa, situada a unos siete metros por encima de los hornos de fundición, cabina que hasta 2003 no fue una cabina cerrada, y siendo así en la acería en la que trabajó durante toda su vida laboral se utilizaba amianto y que se realizaron tareas de desamiantado entre 2002 y 2010, así como que es probable que el trabajador sufriera exposición al amianto por el ambiente pulvígeno provenientes de las labores del proceso de colada, movimiento de cucharas, lingoteras, etc…, también en las operaciones de limpieza de la grúa, hornos y proximidades”.

Además, el hecho de que hasta 2003 el trabajador no contase con una cabina cerrada pone también el foco en la falta de medidas de seguridad que sufrían los trabajadores que estaban en contacto con amianto.