riesgos psicosociales en el trabajo

Un recargo del 30 % por no prevenir los riesgos psicosociales en el trabajo

22/10/2026
La falta de protocolo contra el acoso y de evaluación psicosocial contribuyó al daño psíquico de una trabajadora, aunque no se acreditó el acoso denunciado

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reconocido un recargo del 30 % sobre las prestaciones derivadas del accidente de trabajo de una empleada por incumplimientos preventivos de su empresa. La sentencia, revoca la resolución de instancia y atribuye a la compañía el pago del recargo.

La trabajadora inició una baja por ansiedad en mayo de 2022, posteriormente calificada como accidente laboral. Antes de la baja había comunicado a sus superiores que se sentía acosada sexualmente por uno de sus encargados. La investigación interna posterior no consideró probados los actos denunciados, pero sí constató problemas personales que afectaban negativamente a la convivencia en el centro de trabajo.

La empresa carecía entonces de un protocolo contra el acoso sexual y de una evaluación específica de riesgos psicosociales, pese a que su evaluación preventiva recomendaba realizarla. El protocolo se elaboró después de que la empleada presentara una comunicación escrita sobre lo sucedido.

La Sala considera que esas carencias no constituyeron un incumplimiento meramente formal. Según su razonamiento, la ausencia de mecanismos preventivos contribuyó a que el conflicto laboral evolucionara hacia una patología psíquica. El TSJ también señala que la dirección no tuviera conocimiento de la conflictividad no le exime de responsabilidad. Al no existir canales de denuncia, la trabajadora no dispuso de una vía para alertar a dirección y la empresa tampoco dispuso de radares preventivos. El desconocimiento es por tanto resultado de la propia infracción empresarial.

El reconocimiento del recargo no se basa, por tanto, en declarar probado el acoso, sino en la contribución de las omisiones preventivas al daño sufrido. El tribunal fija el recargo en el 30 %.