Accidente con resultado de muerte

Un juzgado de Pamplona mantiene una sanción de 49.180 euros a una empresa tras un accidente laboral mortal

11/06/2026
Pamplona/Iruña, La Sección Social del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña (Plaza nº 4) ha dictado Sentencia en la que confirma la sanción administrativa de 49.180 euros impuesta a INDUSTRIAL DE ARMADURAS OMNIA, S.L. por la Administración Foral por una infracción en materia de prevención de riesgos laborales. _

Pamplona/Iruña, La Sección Social del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña (Plaza nº 4) ha dictado Sentencia en la que confirma la sanción administrativa de 49.180 euros impuesta a INDUSTRIAL DE ARMADURAS OMNIA, S.L. por la Administración Foral por una infracción en materia de prevención de riesgos laborales.

Los hechos se remontan al 28 de noviembre de 2023, cuando un trabajador de la empresa, técnico de mantenimiento, sufrió un accidente de trabajo mortal durante una intervención en una línea automática de soldadura de mallas. En la sentencia se describe que la línea no estaba completamente detenida, sino a “velocidad 0”, y que al reanudarse el funcionamiento se produjo el atrapamiento.

La sentencia también recoge que la instalación no contaba con señal acústica o luminosa de advertencia del reinicio en esa situación y que desde el puesto de mando principal existían limitaciones de visión hacia el interior de la línea.

La sanción deriva de un acta de la Inspección de Trabajo que constató la realización de tareas de mantenimiento sin desconectar el equipo y sin medidas suficientes para evitar una puesta en marcha accidental.

En el proceso judicial, la empresa defendió que el accidente se debió a la culpa exclusiva del trabajador. Frente a ello, la Administración, haciendo suyos los argumentos de BIDELAGUN Fundazioa, cuyo servicio jurídico llevó la dirección del caso, sostuvo que existían incumplimientos preventivos y que, de haberse adoptado determinadas medidas, el accidente podría haberse evitado, destacando además que tras el siniestro se implantaron avisos sonoros y luminosos y sistemas para mejorar la visualización desde el control.

La magistrada concluye que la empresa no acreditó haber implantado todas las medidas necesarias para evitar el siniestro y mantiene la sanción recurrida.